Artículo 5°. Custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial. Para la custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial se aplicarán las siguientes reglas para cada uno de los casos: Planificación y realización del trabajo de campo. Se luz trabajo de campo a https://bateriaderiesgopsicosocial.com.co/decreto-768-2022/