En los casos en lo que el trabajador vaya a desarrollar su actividad por cuenta propia, deberá encargarse él mismo de acudir a la oficina consular o diplomática de España en su país de residencia siguiendo los mismos pasos que en el caso anterior. Una vez respondidas todas las preguntas https://espa-a-preparaci-n-para-e49470.csublogs.com/40003765/españa-preparación-para-el-examen-de-conducir-secrets